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El incumplimiento a los deberes formales constituye contravención tributaria, tipificada como Incumplimiento a Deberes Formales sujetos al régimen de sanciones.
Constituyen deberes formales, los siguientes:
Emitir Facturas Digitales cumpliendo los formatos y aspectos técnicos.
Enviar en plazo los Libros de Compras y Ventas IVA rectificados por periodo fiscal o gestión anual según corresponda.
Registrar diariamente y conservar en el establecimiento el Libro de Ventas menores del día.
Envío de Factura en Línea o Fuera de Línea en las Modalidades de Facturación Electrónica en Línea, Computarizada en Línea.
Registro de Eventos Significativos en los plazos, formas y condiciones.
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