RND 102000000017
#FacturaciónEnLíneaSFVL
#SistemaIntegradoDeFacturaciónSIFAC4.0
#InformativoParaEmpresas#43
SFVL Art. 130 I. Los Sujetos Pasivos que emiten Facturas bajo las Modalidades de Facturación Electrónica en Línea, Computarizada en Línea o Portal Web en Línea, no están obligados a la presentación del Libro de Ventas.
Sin embargo, en el periodo fiscal que SE PRODUZCA la emisión de Facturas Manuales por contingencia y/o efectúen ventas en la Modalidad Prevalorada, deberán realizar la presentación y envío de esta información a través del Módulo LCV del FACILITO… En el periodo fiscal que NO SE PRODUZCA LA EMISIÓN de Facturas Manuales por contingencia y/o no se efectúen ventas en la Modalidad Prevalorada, no procederá la presentación y envío de esta información SIN MOVIMIENTO a través del Módulo LCV del FACILITO.
II. Podrá obtener el reporte de ventas en línea a través del “Reporte de Ventas por Periodo” en www. impuestos.gob.bo.
https://www.impuestos.gob.bo/ckeditor/plugins/imageuploader/uploads/357111b5b2.pdf